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Inmigración advierte que solo algunos migrantes con TPS pueden convertirse en residentes

Únicamente los inmigrantes que vivan en las jurisdicciones de las cortes de apelaciones del 6º y 9º Circuito, y estén casados con un ciudadano o tengan hijos ciudadanos estadounidenses mayores de 21 años, tendrían la posibilidad de convertirse en residentes legales permanente en los Estados Unidos.

Este beneficio podría ser aplicable siempre que estas personas cumplan con una serie de requisitos, entre ellos contar un cónyuge estadounidense o un hijo ciudadano estadounidense que sea mayor de 21 años.

El 9º Circuito lo integran los estados y/o territorios de Alaska, Hawai, Guam, California, Oregon, Washington, Montana, Idaho, Nevada, Arizona y las Islas Marianas del Norte.

El 6º Circuito, por su parte, lo integran los estados de Missouri, Wisconsin, Indiana, Illinois, Kentucky y Tennessee.

USCIS aclaró el pasado martes que los beneficiarios del TPS son elegibles para el ajuste de estatus bajo la sección 245(a) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), y se requiere que un extranjero haya sido inspeccionado y admitido o inspeccionado y posteriormente puesto en libertad condicional en Estados Unidos, a menos que esté exento de este requisito.

Ante lo anterior, hacemos de su conocimiento que esta nota no es un consejo legal. Ante cualquier duda o información sobre un caso inmigratorio nuestra oficina se encuentra a su disposición para brindarle los detalles que necesita saber, solo debe llamar al (213) 309-9123 y ponerse en contacto con uno de nuestros abogados de inmigración.

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