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Visa Juvenil SIJS – Estatus Especial Para Jóvenes Inmigrantes

En 1990, el Congreso de los Estados Unidos promulgó una ley federal para ayudar a niños indocumentados quienes califican en obtener residencia permanente por parte de una categoría especial y migratoria conocida como Special Immigrant Juvenile Status (SIJS).

SIJS ayuda a ciertos niños indocumentados en el sistema juvenil del estado para ser Residentes Permanentes. Niños en el proceso de adopción o tutelaría quienes han sido abandonados, abusados, o descuidados  podrán obtenerte estatus especial de inmigrante juvenil (SIJS), y basado en eso, aplicar por la residencia permanente.

¿Cómo se puede solicitar el estatus de Jóvenes Inmigrantes Especiales (SIJ)?

Una vez que se obtiene la orden de una corte juvenil estatal con las declaraciones necesarias, se puede pedir el estatus SIJ con las autoridades federales de inmigración.  Se debe de presentar el Formulario I-360 con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés).

Requisitos Calificativos para solicitantes de SIJS:

  • El solicitante tiene que ser soltero y tener menos de 21 años. (Muchos niños posiblemente no podrán obtener la orden necesaria de la corte si tienen más de 18 anos de edad.)
  • El menor tiene que ser declarado un dependiente de una “corte de menores” en los Estados Unidos, o la corte tiene que legalmente poner el niño/a bajo la custodia de una agencia o departamento de un estado, o un individuo o una entidad nombrada por el estado o corte de menores, mientras que el niño esta en los Estados Unidos. El niño tiene que permanecer bajo la jurisdicción de esa corte durante el procedimiento de la petición de SIJS.
  • Una “corte de menores” es definido como una corte localizada en los Estados Unidos  que tiene la jurisdicción bajo la ley del estado para poder hacer determinaciones judiciales sobre la custodia y cuidado de menores de edad. Esto incluye niños en procedimientos de dependencia, adopción, tutela, y de delincuencia.
  • Además de las determinaciones arriba, la corte de menores, también puede determinar lo siguiente:
  • La reunificación del niño con uno o ambos padres no es viable a consecuencia del abuso, la negligencia, el abandono, u otro base similar bajo las leyes del estado; y,
  • Que no es en el mejor interés del niño que regrese a su país natal o ultimo lugar de residencia habitual.

Beneficios del Estatus Especial de Inmigrante Juvenil

  • La obtención de un estatus especial de inmigrante juvenil le da al menor de edad un estatus de residente legal permanente. Esto significa que el niño es capaz de vivir y trabajar permanentemente en los Estados Unidos, viajar libremente fuera de los Estados Unidos y obtener acceso a ayuda financiera para la universidad.
  • El menor también tiene derecho a ciertos beneficios públicos y puede ser capaz de solicitar la ciudadanía estadounidense cinco años después de convertirse en un residente permanente legal de los Estados Unidos.
  • Los beneficiarios del SIJS pueden permanecer en los Estados Unidos legalmente y obtener los mismos beneficios de un residente permanente. Esto incluye tasas de matrícula más bajas que un estudiante internacional y el derecho a trabajar en el país.

El estatus especial de inmigrante juvenil puede ser una buena opción para menores que están viviendo situaciones peligrosas de abuso o negligencia en sus países de origen. Estatus especial de inmigrante juvenil también puede ser una opción para un menor que ha sido abandonado por un padre, especialmente si hubo violencia doméstica o abuso antes de la salida de ese padre.

Si usted o alguien a quien aprecia piensa que puede calificar para estatus especial de inmigrante juvenil o algún otro beneficio de inmigración puede llamar al (213) 309-9123 para pedir una cita con uno de nuestros abogados de inmigración.

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