3250 Wilshire Boulevard, Suite 2100 Los Angeles, CA 90010 Tel: 213-309-9123

Perdon o Waiver (I-601 & I-601A)

Para poder solicitar la residencia permanente en los Estados Unidos, todo aplicante debe ser considerado admisible. Algunos individuos que tengan, esposos, padres o hijos ciudadanos y/o residentes pueden solicitar un perdón al gobierno para así demostrar que estos familiares sufrirán daño extremo. Generalmente, el daño extremo es aquel daño que está fuera de lo común u ordinario. Este es un daño más fuerte que el sufrimiento de separarse de su familia por 10 años. Una condición médica severa, tal como cáncer, la cual requerirá que el solicitante cuide de su familiar cercano, es un buen ejemplo de lo que constituye perjuicio extremo.

En este caso, el ciudadano o residente permanente deberá demostrar que sufrirá un daño extremo si se establece que el solicitante del perdón es la persona quién lo cuida primordialmente. Solamente el daño al cónyuge o padre ciudadano o residente permanente se tomará en cuenta. Sin embargo, el daño que los hijos sufrirán pudiera incluirse indirectamente como un daño adicional al familiar ciudadano o residente permanente.

A manera de remediar largos años de espera por la aprobación de esta perdón fuera de los Estados Unidos y las largas esperas que las familias tenían que soportar antes de poder reencontrarse en los Estados Unidos, DHS creó un nuevo perdón que puede ser tramitado en los Estados Unidos antes de comparecer a su entrevista con el consulado. El perdón provisional de presencia ilegal I-601A ha sido diseñado para familiares inmediatos de Ciudadanos de los Estados Unidos que son inadmisibles exclusivamente por tener presencia ilegal en los Estados Unidos.

Este perdón es para aquellos extranjeros que hayan entrado a los Estados Unidos sin inspección o permiso. Estas personas son consideradas inelegibles para ajustar su estatus en los Estados Unidos y deberán regresar a su país de origen para obtener su residencia permanente a través del proceso consular. El perdón I-601A le permite a todo esposo(a) de Ciudadano Americano a tramitar el Perdón dentro de los Estados Unidos y una vez que este es aprobado salir al Consulado Americano de su país de origen para la entrevista.
Una vez fuera del país deberán pasar un examen medico en algún medico autorizado por inmigración, un chequeo criminal y la entrevista. Al pasar la entrevista deberá recoger el pasaporte tres o cuatro días después en un agente de DHL o Cargo Express y con esa Visa podrá regresar a los Estados Unidos y obtener su tarjeta de Residencia via internet.

Do you have a case? Send us a message








    Make your appointment

    WAIT, DON'T LEAVE WITHOUT SCHEDULING YOUR FREE LEGAL IMMIGRATION CONSULTATION

    × How can I help you?